DESARROLLO DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN VENEZUELA Y SUS LIBERTADES ECONÓMICAS
Universidad Fermín Toro (UFT),
Barinas-Venezuela
Resumen
En
el presente ensayo, se hace un recorrido por los diferentes períodos del Estado
Venezolano en materia de administración, se hace énfasis en el desarrollo del
país a través de las diversas políticas emanadas por el ejecutivo nacional
relacionadas con la economía, desde el Estado Liberal, donde la propiedad
privada es la piedra fundamental de todos los derechos de las personas y se le
da preeminencia a las libertades individuales, lo cual corresponde con el
concepto de Estado Capitalista que exige al Estado una mínima inversión,
entonces, el Estado Moderno que es un concepto más de derecho constitucional,
al referirse al surgimiento del Estado Absoluto antes de las revoluciones
liberales, asumieron así mismos como de mínima presencia, todo lo contrario al
Estado de Derecho, que se le exige al Estado una Intervención, para proteger
los excluidos de la sociedad y para realizar derechos colectivos, todo esto,
evaluado dentro de la eficacia y eficiencia de las instituciones del Estado
apoyado en el desarrollo y libertad.
Palabras
claves: Estado, Institución, Nación, Derecho, Administración
Pública, Globalización
Introducción
Las instituciones son las reglas del
juego en una sociedad, son las limitaciones ideadas por el hombre que dan forma
a la interacción humana.
Según Malinowski, (1993):
Institución implica un acuerdo sobre
una serie de valores tradicionales alrededor de los que se congregan los seres
humanos. Esto significa también que esos seres mantienen una definida relación,
ya entre sí, ya con una parte específica de su ambiente natural o artificial.
De acuerdo con lo estatuido por su tradicional propósito o mandato, obedeciendo
las normas específicas de su asociación, trabajando con el equipo material que
manipulan, los hombres actúan juntos y así satisfacen algunos de sus deseos,
marcando al mismo tiempo su impronta en el medio circundante. (p.44)
Radcliffe-Brown (1993) afirman: Institución
es "un sistema establecido o reconocido socialmente de normas o pautas de
conducta referentes a determinado aspecto de la vida social” (p.189)
Como, lo mencionan los autores, coincidiendo
en un punto, hablar de institución, es un conjunto de leyes, normativas, que
permiten a una sociedad, grupo, organización, regular directrices para el logro
del objetivo común.
Al hablar de Institución, nos trae a
la mesa, hablar de Estado, el cual según Aristóteles “está fundamentado por la
sociedad, por tal razón las leyes están basadas en el respeto en garantizar el
bien supremo de los hombres, su vida moral e intelectual, nación y derecho
administrativo, ciudadanos”.
Esto
no lleva a analizar cada uno de los términos mencionados en la anterior
definición, para mayor compresión de la lectura.
El Derecho administrativo Se
entiende como el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y
funcionamiento del poder ejecutivo. Acosta Romero (2009), lo define como:
Conjunto de normas del derecho público
que regulan la organización, estructura y actividad de la parte del Estado que
se identifica con la administración pública o poder ejecutivo, sus relaciones
con otros organismos del Estado, con otros entes públicos y con los
particulares. (p.59)
El poder ejecutivo ejecuta sus
normas, a través de la administración, la cual, según Max Weber (1974) es
definida: “como el aparato burocrático de dominación, por medio de la cual el
Estado ejerce el poder unitario y unificador, cualidades básicas sin las cuales, propiamente no puede existir
un Estado” (p.170). Heller (2002): “la administración concentra la actuación
del poder en sus relaciones con los ciudadanos para la gestión concreta del
interés público”. (p.169) Zanobini (1958): “Correspondiendo al derecho
administrativo ni más ni menos el control de la administración pública” (p.1).
En consecuencia, la administración
como instrumento del estado, queda marcada por las transformaciones que sufre
el Estado, en especial desde el Estado absoluto hasta el Estado social de
derecho.
El régimen administrativo, es la
concepción derivada de la Revolución francesa, según el cual la administración
es titular de un conjunto de privilegios y prerrogativas, que ejerce dentro de
unas reglas jurídicas especiales, extrañas del Código Civil. Es decir, dentro
de las reglas exorbitantes del derecho común.
Venezuela organizó jurídicamente a
la administración, de manera preponderante, a través del régimen administrativo
de corte francés con incorporación de figuras de otros sistemas, ha derivado en
la conformación de una administración rodeada de privilegios y prerrogativas,
con capacidad para restringir la libertad general al ciudadano, incluso, con
ocasión a la tutela de actividades declaradas o consideradas servicio público.
Hablar de reforma administrativa
venezolana, nos lleva a mencionar un poco de historia en la materia, la
necesidad de reexaminar el rol de la administración pública ha sido una idea
sobre la cual ha girado, incluso desde nuestra primera Constitución.
Nuestro derecho Administrativo
deriva del proyecto nacional asumido desde 1810, de gobernar a Venezuela a
partir del gobierno republicano, representativo y federal, esto parte del
principio según el cual el gobierno queda limitado por ley y por servicio a los
ciudadanos, pues la sociedad, en origen, es libre. De allí que el nuevo Derecho
Público que comienza a formarse que comienza a formarse en 1810 parte del
principio de interdicción a la arbitrariedad, o lo que es igual, de lucha
contra el despotismo.
La reforma administrativa como paradigma
puede ser ubicada en dos momentos históricos. Uno, que se remonta a mediados del
siglo pasado y se prolongó incluso hasta los inicios del presente siglo. El
otro momento de signo muy distinto pues se basa en la necesidad de ajustar la
administración a una nueva concepción del Estado. En efecto, la administración
pública que conocemos es, fundamentalmente, un producto perfeccionado bajo la
larga tiranía de Juan Vicente Gómez (Manuel Caballero. 2007. p.51)
Para mediados de la década de los
ochenta (80), la reforma de la administración comienza a insertarse en un
proceso de mayor envergadura, de reforma al propio Estado. En 1984 se crea la
Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE), se promovió la
transformación del Estado, en especial en dos ámbitos: la descentralización
política territorial como repuesta al centralismo y la participación ciudadana
como respuesta al Estado de Partidos. Estas ideas se materializaron en el
segundo período de Carlos Andrés Pérez.
También en éste período se
promovieron reformas orientadas a cambiar la concepción del rol de la
administración en el desarrollo socioeconómico, todo esto, se tradujo en un
incipiente proceso de liberalización y privatización, frustrado por remoción de
la presidencia, Según la Corte Suprema de Justicia por el dudoso ejercicio de
control judicial del poder público (1993) se convirtió en el único presidente
en ejercicio en la historia en ser destituido por una acción judicial. Ello
llevó a declarar la crisis terminal del Estado formado bajo la Constitución de
1961, y a proponer, como solución, la Asamblea Nacional Constituyente.
Al
respecto Allar R Brewwer-Carías:
“Se trata en definitiva,
de la crisis terminal del sistema político que fue instaurado a partir de los
años cuarenta y que montado sobre un esquema de estado centralizado de
partidos, tuvo como proyecto político la implantación de la democracia…”
La elección presidencial de 1998 se
convirtió, en realidad, en un debate en torno a la Asamblea Nacional Constituyente
como mecanismo de transformación del Estado.
El 15 de Diciembre de 1999 se
promulga una nueva Constitución, llamada a refundar nuestro Estado, como se proclama en su Preámbulo:
“El pueblo de Venezuela,
en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el
ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo sacrificio
de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores forjadores de una
patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para
establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que
consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad,
el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley
para esta y las futuras generaciones (…)”
Esta Constitución fue concebida como
el instrumento necesario para reformar no
la administración sino el propio Estado.
De manera, se asume como política de
Estado a la descentralización política-territorial, promoviéndose así el
fortalecimiento institucional de Estados y Municipios.
Poco después de la entrada en
vigencia, se sancionaron un conjunto de leyes
que pretendieron cambiar la concepción de la administración como pieza
clave del desarrollo a través de la liberación de tres sectores económicos:
telecomunicaciones (Ley Orgánica de Telecomunicaciones 2000), electricidad e
hidrocarburos. Otras leyes relacionadas con la necesidad de transformación
fueron la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos (1999) y la Ley
Orgánica de la Administración Púbica (2001), cuyos objetivos fueron
racionalizar las actividades administrativas.
Actualmente, la tendencia a la
reforma de la administración se basa en la idea según la cual la administración
es pieza esencial en el desarrollo pero en el marco de un nuevo Estado que pasa
por superar las viejas estructuras.
Al respecto El Troudi define cómo el
desarrollo del modelo socialista, supone la configuración de un nuevo Estado,
no sólo distinto al Estado Liberal Burgués sino también al Estado Paternalista:
“La Revolución
Bolivariana debe reorientar el rol del Estado burgués heredado en el sentido de
no seguir reproduciendo la secuencia descrita. Rechazar toda practica
sustitutiva, paternalista, verticalista. La Política Económica Bolivariana debe
ser el reflejo de la concepción Marxista, a través del cual se sitúa a los
trabajadores en el papel protagónico de su liberación; la mediación del Estado,
los partidos y el gobierno se han de centrar en el fortalecimiento de dicha
obra”
Se
han realizado estudios de nuevas formas de administración, como es el caso de
misiones, formalizadas en la reforma de la Ley Orgánica de la Administración
Pública de 2008, o las empresas de producción social, ahora llamadas empresas
de propiedad social. Se aprecia el crecimiento de la administración, tanto en
controles aplicados sobre la iniciativa privada como en los órganos y entes
creados, se insiste, muy especialmente a través de las empresas públicas, no
sólo creadas originalmente por el Estado, sino además derivada de las políticas
nacionales, ejemplo de esto, es la Ley de Costos y Precios Justos de 2011,
reproduce técnicas de control.
La actual concepción práctica del desarrollo
sigue siendo estatista, basado en el rol preponderante del Estado y de la
administración pública, aunque la política sea de transformarlo a un Estado
Socialista.
El Magistrado Arcadio Delgado
resume:
“En definitiva, ante las
pretensiones globalizadoras del mundo capitalista unipolar y el escepticismo
fragmentario del posmodernismo, debemos mantener y fortalecer un nuevo Estado
democrático al servicio del pueblo, de las mayorías, como valla protectora ante
el imperio militarista”.
A partir de la construcción jurídica
del modelo socialista se ha promovido a la socialización de libertad general
del ciudadano, cuya actuación solamente se tolera cuando esté conforme con los
objetivos unilateralmente fijados por el Estado, a través de la planificación
central vinculante orientada al socialismo.
El rol fundamental que ha de cumplir
la administración es de contribuir al marco institucional que brinde seguridad
jurídica, asumiendo la satisfacción de necesidades fundamentales bajo los
postulados de la acción subsidiaria y mínima, fomentando y permitiendo, en
consecuencia el libre desarrollo de la personalidad de los ciudadanos y
ciudadanas.
Método
de Investigación
La presente
investigación se enmarca dentro del diseño documental, la cual, según; Palella & Martins (2010) “se concreta exclusivamente en la
recopilación de la información en diversas fuentes (…);” (p.90).bajo una estructura
teórico-conceptual, que permitirá al autor realizar diferentes análisis y
puntos de vista de lo planteado.
Sobre éste
particular, Arias (1997) señala que la investigación documental “es aquella que
se basa en la obtención y análisis de datos provenientes de materiales impresos
u otros tipos de documentos” (p.47).
Como el objetivo
de la presente investigación, es la mayor compresión del lector, se estructuró
en seis (6) tópicos: la actividad de la
administración dentro del derecho administrativo, la formación histórica del
Estado social en Venezuela y el petróleo, el impacto de la concepción estatista
del desarrollo sobre la administración pública venezolana, la refundación del
Estado al Estado Socialista, administración, desarrollo y globalización, el
servidor público y la nueva institucionalidad.
La
Actividad de La Administración Dentro del Derecho Administrativo
Los cambios producidos en la
concepción del Estado venezolano a mediados del siglo pasado, coinciden con los
cambios apreciables en los sistemas de derecho administrativo que evolucionaron
en ese período, no sin inconvenientes, desde la estructura del Estado Liberal
al Estado Social. Al fin de aclarar en qué consistió tal cambio y cuál ha sido
su impacto en el derecho administrativo, mencionaremos algunas ideas básicas:
- La
relación entre el Estado Liberal y el Estado Social es de transformación, no de
oposición, como aclaró Manuel García Pelayo (1991) “los cometidos del Estado
Liberal, basados en la defensa de la libertad y, por lo tanto, en su ordenación
y limitación, se ampliaron para reconocer al Estado una mayor responsabilidad
en el orden social, a fin de procurar condiciones materiales de igualdad.
(p.146)
- La
igualdad dentro del Estado Social ha de concebirse en el plano de la igualdad
material de oportunidades.
- Las
discusiones en torno a la compatibilidad entre el Estado Social y el Estado
Derecho deben tenerse hoy por superadas.
- La
principal característica en el derecho administrativo es la configuración de
una actividad administrativa Prestacional, en la cual, la administración
atiende necesidades sociales a través de
la dotación de bienes y servicios. Se trata, pues, de una actividad no
coactiva, que se diferencia de la clásica actividad de limitación o policía
administrativa, propia del Estado Liberal.
- La
actividad Prestacional de la administración debe enmarcarse en el Estado de
Derecho, teniendo en cuenta dos limites, el primero; la acción subsidiaria de
la administración Prestacional y el principio de menor intervención, pues esa
actividad Prestacional debe orientarse a un mínimo vital.
- La actividad Prestacional de la
administración, no debe derivar en una actividad hegemónica, en la cual, la
administración asuma, totalmente, la satisfacción de todas y cada una de las
necesidades existentes.
La
Formación Histórica del Estado Social en Venezuela y el Petróleo
La ampliación de los cometidos
sociales del Estado, por lo tanto, la ampliación de la intervención
administrativa, estuvo apalancada en el petróleo, donde la dictadura de Gómez,
otorgó al fisco recursos cuya redistribución se llevó a cabo a través de la
administración. La dependencia de la economía venezolana al petróleo consolidó
como autentico dogma la intervención del Estado en la economía. Al respecto
Arturo Uslar Pietri, en una conferencia, el cual resumía las razones
pragmáticas, no ideológicas, para justificar la intervención del Estado en el
desarrollo económico y social. Así la aparición del petróleo transformó la
estructura económica de Venezuela.
La visión estatista del desarrollo,
en Venezuela, es consecuencia directa e inmediatamente del petróleo. Al ser el
Estado venezolano propietario de la primera fuente de riqueza, el Estado deberá
asumir la distribución de la riqueza conduciendo de esa manera el desarrollo,
muy en especial, luego de la nacionalización de la industria y comercio de los
hidrocarburos.
El
Impacto de la Concepción Estatista del Desarrollo Sobre la Administración
Pública Venezolana
La concepción estatista del
desarrollo anclada en el petróleo produjo varias consecuencias prácticas sobre la
administración pública venezolana:
- La
administración pública, desplegó una actividad intervención de limitación sobre
la libertad económica, en especial, al amparo del “régimen de excepción”
entonces vigente, lo que se tradujo en un creciente y desorganizado decretos de
leyes.
- La
administración desarrolló una cada vez más creciente organización
administrativa, pues cada nuevo cometido asumido por el Estadio derivaba en la
creación de una nueva figura subjetiva. La metodología usada fue la creación de
institutos autónomos, para llevar a cabo la actividad de seguridad nacional y
la creación de empresas públicas, para la gestión de actividades económicas.
- La
intervención administrativa estuvo acompañada de la nacionalización de algunos
sectores considerados estratégicos. En éste contexto, la nacionalización fue
concebida como una política soberana basada en la premisa no discutida según la
cual el Estado debía intervenir en la economía.
- La
administración acudió a una política de fomento, en especial, a través de
subsidios y becas en el contexto de las policías sociales.
La
Refundación del Estado al Estado Socialista
El debilitamiento institucional de
la presidencia de la República, como resultado de las reformas, estuvo marcado
por un contexto de crítica severa al Estado. No se trataba solo de la propuesta
de reforma técnica de la administración, se llevó la denuncia del colapso total
centralizado de partidos y la necesidad de acometer un cambio integral.
Cuestionamientos al Estado, cuestionamientos a la administración pública,
considerada como ineficiente. Corrupta, inadecuada para acoplarse a los cambios
requeridos por el Estado.
La necesidad de una administración
con una organización eficiente y racional; de una administración transparente,
más participativa, más descentralizada, la solución a la crisis de Estado debía
pasar por la convocatoria de una Asamblea Constituyente para promulgar una
nueva Constitución. La reforma del Estado, la reforma de la administración
pública.
Las elecciones presidenciales de
1998 permitieron replantear el debate al torno Constituyente como medio para la
transformación del Estado venezolano y, con ello, para la reforma administrativa.
En
1999, se aprueba una nueva Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en la cual, define al Estado
en su artículo n° 2:
Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores
superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad,
la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad
social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el
pluralismo político.
A
partir de éste año, el desarrollo se plantea a través de la transición al
socialismo, teóricamente basado en la necesidad de rectificar distorsiones del
modelo imperante en Venezuela, calificado de capitalista. Este modelo
socialista de desarrollo se basa teóricamente en la necesidad de democratizar
la economía fomentando la inclusión de empresas de economía social, (empresas
autogestionarias, cooperativas, pequeñas empresas, empresas de propiedad
colectiva, entre otras), superando al capitalismo rentístico del petróleo.
Ello, además, afirmando la necesaria presencia del Estado en la conducción del
proceso económico, que debe fundarse en la interacción de esas empresas
economía social con empresas privadas tradicionales.
Administración,
Desarrollo y Globalización
La
globalización, y por ende, la mundialización del derecho, responden a un
fenómeno esencialmente económico, la globalización supone la supresión de las
barreras al comercio y la mayor integración de las economías nacionales, aunado
a profundas y muy aceleradas transformaciones tecnológicas, no se puede anular
la globalización, el reto, es cómo hacer funcionar la globalización, cómo
convertirla en instrumento de desarrollo socioeconómico. Una de las cuestiones
debatidas en este sentido, es la necesidad de articular un marco institucional
que sea igualmente global.
El
impacto sobre la globalización sobre la administración pública formada en el
marco del Estado social y democrático de derecho, en los sistemas cercarnos al
régimen administrativo francés, como sucede en Venezuela, es y será
fundamental. El denominado derecho administrativo global promueve la mayor
racionalidad y control de la actividad administrativa, como sucede en especial
en el marco del Derecho internacional de las inversiones extranjeras, mayor
control de la administración, no sólo referido a la necesidad de cumplir
ciertos principios globales basados en la interdicción de la arbitrariedad,
sino también mayor control orientado a asegurar la calidad de la actividad
administrativa.
El Servidor
Público y la Nueva Institucionalidad.
La nueva institucionalidad exige contar
con ciudadanos y ciudadanas, conscientes del papel protagónico que hoy les toca
desempeñar y que el contexto histórico actual les demanda. Esta nueva institucionalidad
requiere que un servidor(a) público(a) sea capaz de conocer y emprender las
necesarias transformaciones previstas y consagradas en nuestra Constitución
de la República Bolivariana de
Venezuela, orientado a la calidad de la gestión pública y dispuesto a abrir los
espacios para la participación protagónica y corresponsable.
Al
respecto nuestra Constitución en su artículo 141, establece:
La administración pública está
servicio a los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de
honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia,
rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública,
como sometimiento pleno a la ley y al derecho.
La
concepción de la nueva institucionalidad debe cimentarse en los códigos de
nueva ética social política, que, por supuesto demanda la sociedad en
desarrollo; así mismo debe garantizar éxito en el impacto de las políticas del
Estado en el ámbito de sus competencias, dentro de las políticas públicas.
Es
necesario cambiar la concepción de los ciudadanos(as) tienen de la
administración pública nacional, para ello es importante repensar prácticas
institucionales orientadas a optimizar la implementación de las políticas
públicas en el marco de un espíritu de sentido compartido y corresponsable.
Para
que el Estado esté al servicio de los intereses reales al pueblo, resulta
imprescindible impulsar la nueva institucionalidad. Esto requiere de la
participación de las comunidades organizadas en funciones de gobierno, no solo
a través del ejercicio de la contraloría social sino mediante la participación
en la toma de decisiones con relación al diseño, coordinación, ejecución y
evaluación de las políticas públicas. El pueblo tiene un importante aporte que
ofrecer al proceso de construcción de ésta nueva realidad, que permita la
democratización del poder en las distintas esferas de la sociedad. En éste
sentido el servidor(a) público(a) venezolano(a) debe verse como un dinamizador
de procesos de participación social, abierto a la interacción entre los
diversos actores con el propósito de incentivar el protagonismo de la
ciudadanía.
Conclusiones
Redactado
y citado el anterior trabajo investigativo; el autor desea resaltar diferentes
aspectos de manera concluyente y de análisis al lector, lo mismos, podrán de
ser fácil entendimiento y permitirá; generar opiniones sumatorias al
enriquecimiento del conocimiento sobre el tema. A continuación las
consideraciones finales:
El
Estado Venezolano, ha sido objeto de transformaciones políticas, económicas y
constituyentes, que afectan directamente el modo de gerenciar al país, desde un
modelo de Estado liberal, Estado totalitario capitalista, neocapitalista,
moderno, social y de derecho, todo ellos, dando prioridades de acuerdo a su
perspectiva de gobierno, siendo afectados de forma positiva o negativa,
principalmente un pueblo.
Como
se ha hecho mención, en el escrito, Venezuela hereda principalmente de Francia
y otros países en desarrollo jurídico, lo relacionado en materia de Derecho
administrativo, cuenta con una legislación en la materia, con códigos de
honestidad, eficacia y eficiencia, enmarcado en el buen uso de los recursos,
apalancando la transparencia de los procesos administrativos y en la apuesta a
ganador de una administración pública para todos y todas los venezolanos (as).
En
materia política, el país ha sobrevivido a diferentes gestiones, que han
llevado a una crisis de Estado, una destacable de la historia, es el segundo
período de Carlos Andrés Pérez donde pretendió cambiar un modelo de Estado
paternalista (que al parecer del autor de este ensayo, actualmente continuamos)
a un Estado Liberal, queriendo privatizar las principales fuentes de ingreso a
la economía del país, trayendo como consecuencia su destitución como presidente
electo de la República a través del Tribunal Supremo de Justicia.
Tal
crisis política, surgió en Venezuela la necesidad de una transformación
revolucionaria, que dejara atrás todo lo perdido por una mala gestión pública,
varios fueron los proponentes de diferentes alternativas, en ese entonces, el
candidato presidencial Hugo Rafael Chávez Frías hablo sobre el tema:
(…) ¿Cómo refundar la República? ¿Cómo
reconstruir un Estado y una Nación) nosotros no vemos ninguna otra alternativa,
estudiando la historia, estudiando diversos casos de la ciencia política,
jurídica, histórica, nos vemos en el panorama entre 160 grados y en dos siglos
de historia hacia atrás, no vemos ningún otro camino que convocar el poder de
la constituyente que está y que es propiedad del soberano pueblo venezolano (…)
Ganado
las elecciones de 1998 el candidato y en ese entonces, presidente, Hugo R
Chávez F, convoca una constituyente, que
se materializó en 1999. Así pues, nace una nueva Constitución para el Estado, y
se convierte en un Estado Social de Derecho con visión a Estado Socialista.
La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es ejemplo para muchas
naciones, fundamentada en su patrimonio moral y sus valores de libertad,
igualdad, justicia y paz internacional.
Venezuela
cuenta con un conjunto de leyes que apalanca la gestión de la administración
pública, como lo son; La Ley Orgánica de Planificación, La Ley Orgánica de la
Administración Pública, Ley del Estatuto de la Función Pública, Ley de
Simplificación de Trámites Administrativos, entre otros.
Ahora
bien, el conjunto de derecho administrativo venezolano en combinación con la
Constitución modelo para otras naciones, se pretende que Venezuela fuera punta
de lanza en gestión administrativa, los que nos lleva a reflexionar ¿qué está
pasando con los procesos públicos? ¿El Estado pretendió dejar de ser
monopolista y dependiente de la renta petrolera? ¿Por qué no hemos podido dar
el paso transcendental al cambio?
En
lo muy personal, ésta autora, considera, que el Estado es el responsable de
generar las directrices, las instituciones están formadas para coordinar las
directrices emanadas y existe un tercer factor “la gente” quien ejecuta las
líneas, sino, hay claridad, visión, estrategias, los objetivos país no podrán
ser alcanzados. Si bien es cierto, que actualmente contamos con una
globalización y una crisis económica mundial que afecta las políticas iniciales
que pretenden el Estado, se debe tener alternativas viables para la superación
de las metas, estando las condiciones de libertad económica.
Venezuela
tiene un Programa de la Patria 2013-2019, el cual está delimitado por cinco (5)
objetivos históricos, donde el tercero no menos ni más importante es “Convertir
a Venezuela en Potencia Mundial”, de los cuales derivan cuatro (4) objetivos
nacionales, catorce (14) objetivos estratégicos y veintisiete (27) generales,
todos resaltan como impulsar el modelo económico venezolano.
El
plan coloca algunas metas de producción: incrementar la producción de cereales
en al menos 70%, leguminosas en 65%, oleaginosas 73%, café y cacao en 46% y
hortalizas en 40%. En general, se habla de incrementar la producción de
alimentos en 45%.Promete "aprovechar" más recursos minerales como el
hierro y la bauxita y otros de "amplio potencial". Se quiere
"mantener y ampliar" fondos paralelos como el Chino y el Fonden, con
los cuales se dice que se han financiado importantes obras de infraestructura. Para
fortalecer la democracia participativa, entre 2013 y 2016 se promoverá la
organización de 21.004 consejos comunales que vincularían a 8.821.296 personas.
Entre 2017 y 2019, se promoverá la organización de más espacios de
participación de este tipo.
En
materia internacional, Venezuela es miembro de UNASUR, Mercosur y CELAC entre
otras, organizaciones creadas para el intercambio del mercado, permitiendo así,
extender nuestras fronteras en materia de importación y exportación, no solo de
petróleo.
Si bien es cierto, que se han creado programas
y políticas no compatibles con lo previsto en el derecho administrativo
venezolano, esto se justifica, por el dinamismo de la sociedad y la necesidad
latente de un pueblo que clama el buen uso de sus recursos patrios.
Por
todo lo expuesto, te invito a reflexionar, a entender el papel del Estado a través
de las instituciones y en mejora de sus procesos garantizando la eficiencia y
eficacia en el producto final, y en lo que podemos dar como servidor(a) público(a),
venezolano o venezolana.
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